La licencia de paternidad, al igual que la de maternidad, es un descanso remunerado que corresponde a 8 días hábiles siguientes al nacimiento. Cabe señalar que esta licencia es reconocida por las EPS. A continuación, se presenta un modelo para que el empleado solicite dicho descanso.
Material relacionado:
- [Análisis] Pago de licencia de paternidad para trabajadores independientes
- [Análisis] Licencia de paternidad será efectiva siempre que se cumpla con el tiempo establecido de cotización
- [Respuestas] Reconocimiento de la licencia de paternidad cuando el padre no reconoce su hijo
Para descargar esta publicación haz click aquí
En ACTUALÍCESE producimos y distribuimos conocimiento en temas contables, tributarios y legales. Tenemos un un boletín diario gratuito y ofrecemos una actualización permanente PREMIUM con las siguientes herramientas:
- Suscripciones (acceso total al portal, 1 Revista/mes, 1 Cartilla/mes)
- Capacitaciones (presenciales en todo el país, con la posibilidad de ver la transmisión y grabación)
- Cursos cortos, Seminarios y Diplomados en línea
- Libros, Cartillas Prácticas y Servicios Multimedia y Apps
- Línea Exclusiva ÉLITE para Contadores, Kit Tecnológico y ¡hasta Cruceros de Actualización Profesional por el Caribe!