Un salón de belleza vincula a un peluquero mediante un contrato de prestación de servicios. Al nuevo trabajador se le paga un porcentaje de lo cobrado al cliente final, y de dicho porcentaje se le descuentan los costos por materiales usados (champú, gel, etc.); no tiene horario ni se le exige que vaya determinados días. ¿Es legal esa forma de contratación? ¿Qué pasa con el pago de seguridad social, quién es el responsable?
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