Cuando un empleador decida efectuar un préstamo a uno de sus trabajadores, deberá contar con una autorización por escrito para poder realizar los respectivos descuentos periódicos de nómina. Este modelo sirve para construir tal soporte de la operación.
Debe tenerse en cuenta que, de aprobarse un crédito a un trabajador, de acuerdo con el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 1527 de 2012, las deducciones se efectuarán hasta en un 50 % del valor neto del salario, después de los descuentos de ley. Si desea ampliar esta información, puede consultar nuestro editorial: Créditos al trabajador y deducción de sus intereses en el salario.
De igual forma, es válida la recomendación de que el monto máximo a otrogar mediante crédito sea el equivalente al valor de las pretaciones sociales acumuladas por el trabajador a la fecha en que se realizará el desembolso del préstamo. Lo anterior, debido a que, en caso de que el titular de la deuda deba ser desvinculado de la empresa, la respectiva liquidación será suficiente para cubrir el valor del crédito otorgado.
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